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POLÍTICAS

Documentos presentados y publicados

  • Decreto 2323 de 2006: Tiene por objeto organizar la red nacional de laboratorios y reglamentar su gestión, con el fin de garantizar su adecuado funcionamiento y operación en las líneas estratégicas del laboratorio para la vigilancia en salud pública, la gestión de la calidad, la prestación de servicios y la investigación.

    • Artículo 19. Estándares de calidad y autorización de laboratorios. El Ministerio de la Protección Social reglamentará los estándares de calidad en salud pública, procesos y procedimientos de autorización de laboratorios que se incorporen a la Red Nacional de Laboratorios como prestadores de servicios de laboratorio de interés en salud pública.

    • Artículo 21 “La información generada por los integrantes de la Red Nacional de Laboratorios será de carácter obligatorio y se realizará a través del sistema informático que para los efectos defina el Ministerio de la Protección Social en el marco del Sistema Integral de Información de la Protección Social, Sispro o el que haga sus veces. 

  • Resolución 1229 de 2013: Por la cual se establece el modelo de inspección, vigilancia y control sanitario para los productos de uso y consumo humano). Define a la Red de Laboratorios, como un capital fundamental para el funcionamiento del modelo de inspección, vigilancia y control sanitario como apoyo para el diagnóstico de efectos y análisis de calidad de productos y servicios, en la evaluación de los riesgos sanitarios.

  • Resolución 1619 de 2015: Tiene por objeto establecer el Sistema de Gestión de la Red Nacional de Laboratorios en los ejes estratégicos de Vigilancia en Salud Pública y Gestión de Calidad, que deben tener en cuenta para su funcionamiento los integrantes de dicha Red.

  • Resolución O561 de 2019: “Por la cual se establecen los procedimientos de inscripción y verificación de los laboratorios que realicen pruebas 7 para eventos de interés en salud pública y de la inspección, vigilancia y control sanitario en la Red Nacional de Laboratorios”

    • Artículo 1. Regular la inscripción de los laboratorios públicos y privados que ofrezcan la realización de pruebas I parámetros de laboratorio para eventos de interés en SP y los de IVC sanitario en la RNL, así como el proceso de verificación de la información suministrada a cargo de las autoridades competentes.

  • NTC ISO 9001 DE 2015: Por la cual se especifican los requisitos para un sistema de gestión de la calidad cuando una organización:

  1. Necesita demostrar su capacidad para proporcionar regularmente productos y servicios que satisfagan los requisitos del cliente y los legales y reglamentarios aplicables.

  2. Aspira a aumentar la satisfacción del cliente a través de la aplicación eficaz del sistema, incluidos los procesos para la mejora del sistema y el aseguramiento de la conformidad con los requisitos del cliente y los legales y reglamentarios aplicables.

Todos los requisitos de esta Norma Internacional son genéricos y se pretende que sean aplicables a todas las organizaciones, sin importar su tipo o tamaño, o los productos y servicios suministrados.

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